Proyecto de Ley para la Creación de una Universidad Gratuita Semi Presencial en Colombia @CEMDP

Capítulo I: Creación de la Universidad Gratuita Semi Presencial

Artículo 1. Creación de la Universidad Gratuita Semi Presencial: Se crea una universidad pública gratuita en modalidad semi presencial, destinada a la formación de profesionales en un periodo de dieciocho (18) meses. Esta universidad se enfocará en carreras técnicas y programas acelerados que respondan a las necesidades del mercado laboral y que fomenten la productividad del país.

Artículo 2. Acceso Universal y Equitativo: Se garantiza el acceso a la universidad gratuita semi presencial a cualquier ciudadano colombiano mayor de edad que cumpla con los requisitos mínimos de admisión, sin distinción de raza, género, estrato socioeconómico, o cualquier otro criterio discriminatorio.

Capítulo II: Metodología de Estudio

Artículo 3. Metodología de Estudio: El ochenta por ciento (80%) del contenido académico será impartido mediante módulos pregrabados accesibles en línea, mientras que el veinte por ciento (20%) se desarrollará a través de conferencias presenciales o virtuales con docentes calificados, para garantizar la interacción directa y la resolución de dudas de los estudiantes.

Artículo 4. Evaluación Sistemática de la Calidad del Aprendizaje: La universidad desarrollará sistemas virtuales de evaluación sistematizada que garanticen la calidad del aprendizaje de los estudiantes. Estos sistemas se diseñarán para evaluar de manera continua el progreso académico y asegurar que los estudiantes adquieran las competencias necesarias para contribuir al crecimiento de las empresas que los contraten.

Capítulo III: Prácticas Profesionales y Titulación

Artículo 5. Derecho a Prácticas Profesionales: Todos los graduados de la universidad tendrán el derecho a realizar una práctica profesional de seis (6) meses de duración en una empresa, institución o entidad pública o privada en Colombia. Esta práctica profesional será remunerada y supervisada por un tutor asignado por la empresa.

Artículo 6. Obligación de Evaluación del Desempeño: Las empresas, instituciones o entidades que reciban practicantes de la universidad tendrán la obligación de evaluar el desempeño de los profesionales durante el período de prácticas. Esta evaluación debe ser presentada ante la universidad y será utilizada para mejorar el currículo académico y ajustar la formación de los estudiantes a las necesidades del mercado laboral.

Artículo 7. Titulación como Profesional: Los estudiantes que completen satisfactoriamente los requisitos académicos y las prácticas profesionales recibirán un título de nivel técnico-profesional, acreditado por el Ministerio de Educación, que les permitirá acceder al mercado laboral de manera formal y competitiva.

Capítulo IV: Participación Obligatoria de Empresas

Artículo 8. Inclusión Laboral de Egresados: Se establece que todas las empresas, instituciones o entidades con un número de empleados igual o superior a treinta (10) deben tener al menos un tres por ciento (3% o mínimo un trabajador) de su personal constituido por egresados de la universidad gratuita semi presencial. Las empresas deberán presentar un informe anual al Ministerio del Trabajo sobre el cumplimiento de esta disposición.

Artículo 9. Incentivos para Empresas Participantes: Las empresas que cumplan con la obligación de emplear al menos al tres por ciento (3% o mínimo un trabajador) de sus empleados de entre los graduados de la universidad recibirán beneficios tributarios como incentivo para fomentar la contratación de nuevos talentos.

Capítulo V: Innovación y Eficiencia Educativa

Artículo 10. Evaluación Continua: Se implementará un sistema de evaluación continua para los estudiantes a lo largo del proceso de formación, con el objetivo de medir el progreso, detectar debilidades y ofrecer apoyo adicional para garantizar el éxito académico.

Artículo 11. Tutorías Individualizadas: Cada estudiante tendrá acceso a tutorías individualizadas para apoyar su desarrollo académico y profesional. Los tutores estarán disponibles tanto en modalidad presencial como virtual para facilitar el acceso.

Artículo 12. Formación en Habilidades Blandas: Además de los contenidos académicos técnicos, la universidad incluirá módulos de formación en habilidades blandas, tales como comunicación efectiva, trabajo en equipo, liderazgo y gestión del tiempo, que son esenciales para el desempeño en el mercado laboral.

Artículo 13. Uso de Tecnología de Aprendizaje Adaptativo: La universidad hará uso de tecnologías de aprendizaje adaptativo para personalizar el contenido académico según las necesidades y el ritmo de cada estudiante, fomentando una experiencia educativa más efectiva y eficiente.

Artículo 14. Desarrollo de Proyectos Aplicados: Durante el curso, los estudiantes deberán participar en el desarrollo de proyectos aplicados en su área de estudio, que serán evaluados por docentes y expertos de la industria para garantizar la pertinencia y calidad del aprendizaje.

Artículo 15. Colaboración con la Industria: La universidad establecerá alianzas con empresas y sectores productivos para garantizar que el contenido académico esté alineado con las necesidades del mercado laboral y que los estudiantes tengan oportunidades reales de empleo al finalizar sus estudios.

Artículo 16. Programa de Mentores: Se implementará un programa de mentores en el cual profesionales del sector acompañarán a los estudiantes, brindando orientación y compartiendo experiencias para facilitar la transición al mundo laboral.

Artículo 17. Emprendimiento e Innovación: La universidad incluirá módulos específicos sobre emprendimiento e innovación, fomentando que los estudiantes desarrollen proyectos de negocio propios y adquieran competencias para emprender en su área de estudio.

Artículo 18. Certificación de Competencias: Los estudiantes podrán certificar competencias específicas a lo largo del programa, lo cual les permitirá mejorar su perfil laboral incluso antes de finalizar la totalidad de sus estudios.


Artículo 19. Acceso a Recursos Digitales: Los estudiantes tendrán acceso gratuito a una plataforma de recursos digitales que incluirá bibliografía, videos, herramientas de simulación y otros recursos necesarios para su aprendizaje.

Artículo 20. Educación Inclusiva: La universidad garantizará el acceso y la participación plena de personas con discapacidad, adaptando los recursos y el entorno educativo a sus necesidades específicas.

Artículo 21. Internacionalización: Se fomentará la internacionalización del currículo mediante convenios con universidades extranjeras, para permitir el intercambio de estudiantes y la participación en conferencias y seminarios internacionales.

Artículo 22. Sistema de Retroalimentación: Se establecerá un sistema de retroalimentación continua, donde los estudiantes podrán evaluar los contenidos, metodologías y calidad de los docentes, permitiendo mejoras continuas en la oferta educativa.

Artículo 23. Incentivos por Rendimiento Académico: Se otorgarán incentivos académicos a los estudiantes con mejor rendimiento, tales como becas para continuar estudios avanzados, acceso a conferencias y programas especiales de formación.

Artículo 24. Participación Estudiantil: Los estudiantes podrán formar parte de los consejos académicos de la universidad, aportando su visión y contribuyendo a la mejora de la calidad educativa.

Artículo 25. Apoyo Psicológico y Bienestar: La universidad brindará servicios de apoyo psicológico y bienestar a los estudiantes, con el fin de garantizar su salud mental y el manejo adecuado del estrés académico.

Artículo 26. Flexibilidad Académica: Los estudiantes podrán adaptar su plan de estudios de acuerdo con sus necesidades personales, permitiendo un mayor grado de flexibilidad en la duración y modalidad de los módulos.

Artículo 27. Educación Continua: Los egresados tendrán acceso a programas de educación continua y actualización profesional, para mantenerse al día con los avances en su campo de estudio.

Capítulo VI: Transparencia y Competencia Laboral

Artículo 28. Disponibilidad de Calificaciones para Empresas: Con la autorización de los egresados, las calificaciones obtenidas durante el proceso académico y en las prácticas profesionales estarán a disposición de las empresas para sus procesos de selección. Esto fomentará una sana competencia entre las empresas que competirán por los mejores talentos, generando una demanda activa de egresados con alto rendimiento.

Artículo 29. Informe de Cumplimiento: El Ministerio del Trabajo y el Ministerio de Educación Nacional realizarán un seguimiento del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente ley, publicando un informe anual con los resultados y sugerencias para mejorar la implementación.

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